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EX CONVICTOS

 EX CONVICTOS

La condena social
no puede ser mayor
que la condena judicial

                Se conoció durante el pasado fin de semana, que una persona condenada y ya liberada por violación, en España, estaba trabajando en una dependencia de la secretaría de Derechos Humanos de la Nación, en un cargo administrativo. Más allá de las formas tal vez no muy regulares de conseguir el puesto de trabajo, hay otra cuestión por demás conocida pero que la sociedad y los estamentos estatales prefieren mantener fuera del foco de cualquier discusión, es la de qué hacer con los liberados, en el momento en que se reintegran a la sociedad.

 

                El tema es muy complejo, para quienes fueron liberados luego de haber expiado sus culpas por cualquier delito.  El comentario clásico es que apenas salen, vuelven a robar porque es lo que saben hacer, más allá de la capacitación laboral que puedan adquirir. Pero no todos los presos fueron ladrones, hay muchos otros crímenes que merecen condena. El tema pasa porque nadie –o casi nadie- quiere tomar ex convictos como trabajadores, hayan sido condenados por robo, por un crimen pasional, estafa  y mucho menos sexuales, por más capacitación laboral que tengan, esto es una realidad.

          La reinserción laboral en el ámbito privado es muy difícil, entonces la recurrencia primera es a los estamentos estatales sean nacionales, provinciales o municipales, en donde se supone que los niveles de contención, por qué no control  y respuesta son mayores, que en una pequeña empresa, comercio, fábrica o servicios. Si el ámbito público no se encarga del tema, no le puede pedir a los privados que lo hagan. No estaría mal que los legisladores trabajen… es decir trabajen en el tema y creen algún proyecto de ley que contemple una salida laboral efectiva para los ex convictos. Tal vez sea tarea para los diputados o senadores opositores, ya que confían en que van a ser mayoría luego del 10 de diciembre y entonces aprobarlo les va a resultar fácil. Tendrían que evaluar los tipos de delito, ampliar o reducir condenas cuando sea necesario, determinar a ciencia cierta en especial en el caso de los delitos de índole sexual, los índices de reinsidencia y en estos casos, si luego de expirado el tiempo de condena, el recluso es confiable para ser liberado. 

        Esto es si quieren evitar o por lo menos tratar de evitar, que la condena social a los liberados no les termine nunca y más que devolverlos a la sociedad, los envíen a una muerte en vida.


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